Aeat Recargo Periodo Ejecutivo
Durante este periodo, la AEAT puede aplicar recargos sobre el importe de la deuda tributaria, en caso de que se detecten errores o incumplimientos en la presentación o pago del IRPF. Dichos recargos pueden ser de distintos tipos, como el recargo de apremio, que se aplica cuando el contribuyente no ha satisfecho la deuda en el plazo establecido; o el recargo de interés de demora, que se cobra cuando el contribuyente ha pagado fuera de plazo, pero antes de que la Administración inicie acciones de recaudación.