Aeat Modelo 720
La presentación de AEAT Modelo 720 debe realizarse antes del 31 de marzo de cada año, y en caso de que los bienes y derechos no hayan sufrido variaciones respecto al año anterior, solo será necesario presentarlo en la primera ocasión en la que se superen los 50.000 euros en alguna de las categorías establecidas. Es importante señalar que la no presentación de esta declaración o su presentación fuera de plazo puede acarrear sanciones económicas de hasta 5.000 euros por cada dato no declarado o por cada error u omisión. Por lo tanto, es importante estar informado sobre la obligación de realizar esta declaración y tener en cuenta los plazos establecidos para evitar posibles sanciones por parte de la AEAT.