AEAT IRPF GRATIFICACION DEFUNCION
La AEAT establece una serie de condiciones para que estas gratificaciones puedan ser consideradas como renta exenta, es decir, que no estarán sujetas al pago del IRPF. Entre estas condiciones se encuentran que la gratificación no puede superar los 15.000 euros, que el fallecido no haya realizado ningún trabajo remunerado en el año anterior a su muerte y que la gratificación sea percibida por los descendientes, ascendientes o cónyuge del fallecido.