Aeat Gastos Defensa Juridica
Es importante tener en cuenta que solo se pueden deducir aquellos gastos que sean necesarios para la defensa jurídica y que estén vinculados directamente con la actividad económica o con la obtención de los ingresos. Por lo tanto, no serán deducibles los gastos de defensa jurídica relacionados con asuntos personales o familiares del contribuyente.