Aeat 347 Subarriendo

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es el organismo encargado de recaudar los impuestos en España y velar por el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Una de estas obligaciones es la presentación del modelo 347, el cual se refiere a las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros durante el año natural.

En el modelo 347, se deben declarar los siguientes datos relacionados con el subarriendo: el nombre y NIF del subarrendatario, el importe total del alquiler recibido en el año, y la fecha de inicio y fin del contrato de subarriendo. De esta forma, la AEAT puede controlar que todas las operaciones de subarriendo estén debidamente declaradas y, por tanto, gravadas en el IRPF correspondiente.

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