Adquisicion Herencia no Residente
Es importante destacar que la herencia debe declararse en el plazo de seis meses desde el fallecimiento del causante en la oficina liquidadora correspondiente al lugar de residencia del fallecido. En caso de no realizar la declaración en ese plazo, se aplicarán recargos e intereses de demora.
En resumen, la adquisición de una herencia por parte de un no residente en España está sujeta a gravamen por el IRPF y es importante realizar la declaración de forma correcta y dentro del plazo establecido para evitar sanciones económicas. Se recomienda contar con la asesoría de un experto en la materia para cumplir con todas las obligaciones fiscales correspondientes.