Administración Tributaria Liquidación Oficio
Una vez notificada la liquidación de oficio, el contribuyente tiene un plazo para presentar alegaciones y justificar su situación. Si la Administración acepta las alegaciones, se procederá a rectificar el importe de la liquidación. De lo contrario, si el contribuyente no aporta ninguna justificación, la liquidación de oficio será firme y deberá ser pagada.