Actividades Prioritarias del Mecenazgo
Una de las principales ventajas de las actividades prioritarias del mecenazgo es que, mediante esta colaboración, las empresas obtienen una deducción fiscal en su Impuesto sobre Sociedades del 90% de la aportación realizada. Además, también pueden optar a una deducción adicional del 15% en caso de que la actividad en la que colaboran sea considerada de especial interés cultural, científico, social o de promoción del deporte.