acienda al cazar de sanjuan
En este contexto, es importante aclarar que el simple hecho de salir a cazar no tiene ningún impacto en la declaración de la renta, ya que no se trata de una actividad económica sino de un pasatiempo. Sin embargo, si se obtiene algún tipo de beneficio económico por la actividad de caza, como por ejemplo la venta de piezas de caza, sí deberá ser declarado en el IRPF como rendimiento de actividades económicas.
En resumen, el Día de San Juan no tiene repercusión directa en la declaración de la renta, a menos que se obtengan ingresos por actividades de caza (venta de piezas) o por el alquiler de cotos de caza. En cualquier caso, es importante cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes y estar al día con la AEAT para evitar posibles sanciones o recargos.