casillas 54 del IRPF
Por otro lado, en las casillas 54 también se incluyen las cantidades percibidas como rendimientos de seguros de rentas temporales o vitalicias, siempre y cuando no estén exentas de tributación. En caso de estar exentas, estas cantidades deberán incluirse en la casilla 24 de la declaración de IRPF. Es importante tener en cuenta que el importe de estas rentas temporales o vitalicias no puede ser inferior al que figure en el contrato del seguro.