declaración de emigrante desde 2.010 al 2.013
En este sentido, si un español ha estado residiendo en el extranjero durante los años 2010 a 2013 y ha mantenido su residencia habitual en España, deberá presentar su declaración de IRPF en España de forma obligatoria. En caso de que haya obtenido rendimientos en el extranjero, ya sean de trabajo, de capital o de cualquier otra naturaleza, también deberá incluirlos en su declaración de IRPF en España.