condonacion de las sanciones,recargos o intereses
La condonación de sanciones, recargos o intereses puede solicitarse en dos momentos diferentes: antes de que se inicie el procedimiento de liquidación o, una vez iniciado, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos por la Administración tributaria. Entre estos requisitos se encuentran la confesión del error y la regularización de la situación en un plazo determinado.