relaciones laborales especiales con caracter dependiente
2. Representantes comerciales: aquellos trabajadores que tienen como función principal la representación de la empresa ante terceros, como clientes o proveedores, y que pueden tener cierta autonomía en la realización de su trabajo, pero siguen dependiendo directamente de la empresa y deben seguir sus instrucciones.
En cuanto a la forma en la que estas relaciones afectan al IRPF en España, es importante tener en cuenta que, al igual que en cualquier otra relación laboral, estas personas están sujetas a la obligación de pagar impuestos sobre sus ingresos. Sin embargo, en algunos casos, pueden existir ciertas ventajas o beneficios fiscales para estos trabajadores. Por ejemplo, en el caso de los directores y gerentes de empresas, pueden aplicarse deducciones por gastos de representación o dietas, siempre y cuando estén debidamente justificados y no superen los límites establecidos.