Ganancias Patrimoniales Derivadas de Los Aprovechamientos Forestales de Los Vecinos en Montes Públic
Desde el punto de vista fiscal, estas ganancias patrimoniales deben ser declaradas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el apartado correspondiente a las rentas del capital. En concreto, se incluirán en la base imponible del ahorro y tributarán a un tipo impositivo que puede oscilar entre el 19% y el 23%, dependiendo del importe de la ganancia obtenida.