RENTAS EXENTAS IRNR

En el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) en España, existen ciertas rentas que están exentas de tributación. Esto significa que no forman parte de la base imponible del impuesto y por lo tanto, no están sujetas a su gravamen.

– Ganancias patrimoniales por la transmisión de acciones o participaciones en fondos de inversión españoles, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como que el país de residencia del no residente tenga un convenio de doble imposición con España.

– Rendimientos del trabajo cuando el trabajador sea enviado a España por una empresa no residente, siempre y cuando no supere los 60 días en un año fiscal.

– Prestaciones y pensiones por jubilación, invalidez o viudedad pagadas por la Seguridad Social española a no residentes siempre que no se consideren como rentas obtenidas en España.

En resumen, las rentas exentas en el IRNR son una forma de evitar la doble imposición entre el país de residencia del no residente y España, fomentando la inversión y la movilidad laboral, al tiempo que se garantiza una tributación justa y equitativa para aquellos que se encuentran en esta situación fiscal en España.

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