Compensacion entre Conyuges Renta 2012 Articulo 97.6
Además, es importante destacar que esta normativa también contempla que estos acuerdos pueden ser revisados por los cónyuges en un plazo máximo de cuatro años a partir de la presentación de la declaración de la renta en la que se incluye la compensación acordada. En caso de que sea necesario modificar dicha compensación, se deberá regularizar la situación mediante la presentación de una nueva declaración de la renta.