hora a la campana
Sin embargo, desde el punto de vista fiscal, este tipo de medida de tiempo no es considerada como válida para el cálculo de las horas de trabajo en el IRPF. La normativa fiscal establece que la base imponible del trabajador debe incluir las horas efectivamente trabajadas, independientemente de si el tiempo de trabajo coincide o no con el toque de la campana. Es decir, para fines fiscales, no se considera como hora trabajada aquella que no haya sido efectivamente dedicada a la actividad laboral.