empresad exentas de presentar 347

Las empresas exentas de presentar el modelo 347 son aquellas que no realizan operaciones con terceras empresas por un valor superior a 3.005,06 euros en el año fiscal correspondiente. Según la ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España, estas empresas están exentas de presentar el modelo 347 siempre y cuando no hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a este límite.

Otras excepciones que permiten a una empresa estar exenta de presentar el modelo 347 incluyen casos en los que la empresa haya realizado operaciones sujetas a retención e ingreso a cuenta y aquellas que realicen operaciones de seguros o reaseguros. En cualquier caso, es importante que todas las empresas tengan un correcto seguimiento y control de sus operaciones con terceros y estén al día en sus obligaciones fiscales para no verse afectadas por posibles sanciones o multas.

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