supuestos de estar exento de presentar el modelo 347
Otro supuesto de exención es cuando el contribuyente es una persona física y desarrolla una actividad empresarial o profesional con un volumen de operaciones inferior a 3.005,06 euros. En este caso, aunque el importe de las operaciones supere dicha cantidad, no se está obligado a presentar el modelo 347.
En resumen, los supuestos de estar exento de presentar el modelo 347 son aquellos en los que las operaciones no están sujetas a IVA, el volumen de operaciones es inferior a 3.005,06 euros o la información ya ha sido declarada en otros modelos. Es importante estar al tanto de estos supuestos para cumplir correctamente con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones por incumplimiento.