MODELO 347 SUJETOS
Este modelo debe presentarse antes del 1 de marzo de cada año y es una obligación adicional a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y/o del Impuesto de Sociedades. Además, es importante tener en cuenta que esta declaración puede ser comprobada por la Agencia Tributaria y, en caso de incumplimiento o de ser detectadas irregularidades, pueden imponerse sanciones económicas. Por lo tanto, es fundamental que los sujetos obligados cumplan correctamente con la presentación del Modelo 347 para evitar posibles problemas con Hacienda.