2014 arrendamientos retenciones exentas
Sin embargo, cabe destacar que esta exención solo aplica a los contratos de arrendamiento de viviendas, no a locales comerciales o a otro tipo de inmuebles. Además, para poder beneficiarse de esta exención, es necesario que el inquilino resida en la vivienda de manera habitual y que ésta constituya su domicilio fiscal.
En resumen, en 2014 se establecieron cambios en las retenciones exentas en los arrendamientos, siendo las más destacadas la exención de retención en alquileres de viviendas con un precio máximo de 600 euros mensuales y la posibilidad de retener de forma voluntaria para poder deducirla en la declaración de la renta. Estas medidas buscan simplificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de arrendamientos.