se puede fraccionar el de itp en varios plazos
Este fraccionamiento del ITP-AJD se aplica a las transmisiones patrimoniales y operaciones societarias, así como a los actos jurídicos documentados. En el caso de las transmisiones patrimoniales, se puede fraccionar el pago en dos plazos iguales y sucesivos, sin intereses ni recargos, siendo el primero en el momento de la firma del contrato y el segundo en la fecha que se acuerde con la Hacienda pública correspondiente.
Es importante tener en cuenta que, para acceder al fraccionamiento del ITP-AJD, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por la normativa fiscal, como tener deuda tributaria en periodo voluntario, no estar en situación de insolvencia o no haber tenido incidencias previas en el pago de este impuesto.