gastos por guarderias

En España, los gastos por guarderías son considerados como un tipo de deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esto quiere decir que los gastos que se realizan en guarderías o escuelas infantiles para el cuidado de niños menores de tres años pueden ser restados de la base imponible, reduciendo así la cantidad final a pagar en impuestos.

Los gastos que pueden ser deducibles incluyen la matrícula, el comedor, el transporte y la cuota de escolaridad. Sin embargo, no se podrán incluir aquellos costos destinados a actividades extracurriculares, material escolar, uniformes o comidas no realizadas en el centro educativo.

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