Horas Cónyuge Personal no Asalariado
Para poder incluir estas horas como gastos deducibles en la declaración del IRPF, es necesario que el cónyuge que realiza las horas no cuente con otra fuente de ingresos, además de las provenientes de la actividad profesional de su pareja. Además, el cónyuge que recibe esta colaboración deberá acreditar que realmente la misma existió y que es necesaria para el desarrollo de su actividad. Para ello, deberá aportar facturas, contratos u otros documentos que demuestren la implicación del cónyuge en su actividad.