Fraccionamiento Especial del Fallecido
Este fraccionamiento permite a los herederos del contribuyente difunto pagar el impuesto de forma más cómoda y equitativa, evitando tener que hacer frente a una gran cantidad de impuestos tras su fallecimiento. En este caso, la declaración correspondiente al fallecido se divide en dos partes: una primera mitad de la renta declarada por el fallecido, correspondiente al período comprendido entre el 1 de enero y el día del fallecimiento; y una segunda mitad correspondiente al período que va desde el día siguiente al fallecimiento hasta el 31 de diciembre del mismo año.
En definitiva, el Fraccionamiento Especial del Fallecido es una herramienta que permite distribuir de forma más equitativa y cómoda el pago del IRPF para los herederos de una persona fallecida, evitando así posibles dificultades económicas derivadas del pago de una gran cantidad de impuestos en un único periodo de tiempo.