Reduccion por Tributacion Conjunta Renta Ejercicio 2012
Esta reducción se aplicará en la base imponible general del IRPF, y su cuantía dependerá de la situación de cada pareja. En el caso de parejas en las que ambos cónyuges o miembros de la pareja de hecho trabajen, la reducción será del 3% de la base imponible conjunta, con un límite máximo de 3.400 euros. Por el contrario, si solo uno de los miembros trabaja y el otro no tiene ingresos o gana menos de 8.000 euros anuales, la reducción será del 1,5% con un máximo de 1.500 euros.