Rendimientos del Trabajo en Especie Utilización de Vivienda. 19 de Noviembre 2012
La utilización de vivienda como rendimiento en especie debe ser valorada según el valor real de mercado y se considera parte del salario del trabajador. Es decir, está sujeto a la misma tributación que el salario en dinero y debe ser declarado en la declaración de IRPF. Sin embargo, existen ciertas reducciones y exenciones en la base imponible de este rendimiento, dependiendo de la situación del trabajador y del tipo de vivienda utilizada. Por ejemplo, los trabajadores que tengan una discapacidad igual o superior al 65% tienen una reducción del 90% del rendimiento en especie de utilización de vivienda.