Art 28Lgt
El segundo párrafo del Artículo 28LGT se refiere a la potestad sancionadora de la AEAT en materia de IRPF. En este sentido, la ley establece que la AEAT podrá imponer sanciones a los contribuyentes que incurran en infracciones tributarias, como la presentación de declaraciones inexactas o la falta de colaboración con la Administración Tributaria. Estas sanciones pueden ir desde multas hasta la pérdida de beneficios fiscales.
En definitiva, el Artículo 28LGT establece el marco de competencias de la AEAT en materia de IRPF y garantiza que la Administración Tributaria tenga las herramientas necesarias para gestionar y controlar este impuesto de manera eficiente y justa para todos los contribuyentes.