Desgrava el Pago del Iva de Residencia de Ancianos en Cataluña

En España, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el principal tributo para la recaudación de ingresos del Estado. Este impuesto grava la renta de las personas físicas, es decir, los ingresos que obtienen a lo largo del año, ya sea por su trabajo, por rendimientos de capital o por cualquier otra actividad económica. Sin embargo, existen ciertos gastos que se pueden desgravar en la declaración de la renta, como es el caso del IVA de la residencia de ancianos en Cataluña.

En cuanto al porcentaje de IVA que se puede desgravar, este varía en función de la edad del residente. Para los mayores de 65 años con una discapacidad igual o superior al 33%, el IVA desgravable es del 4%. En caso de que la persona tenga más de 70 años, el porcentaje aumenta hasta el 10%. Además, solo se podrá deducir el IVA correspondiente hasta un máximo de 10.000 euros anuales. Esto significa que, si el IVA pagado supera los 10.000 euros, solo se podrá desgravar esa cantidad y el resto no será deducible.

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