Compatibilidad Recardo
La compatibilidad Recargo surge como una forma de evitar la doble tributación sobre estas rentas, ya que los contribuyentes, en lugar de tener que pagar el recargo y después el IRPF, pueden minorar su base imponible en el importe del recargo que ya han abonado. Es decir, si una persona ha pagado 10.000 euros en recargo sobre determinadas rentas, podrá restar esos 10.000 euros de su base imponible de IRPF, antes de aplicar el tipo impositivo correspondiente.
En definitiva, la compatibilidad Recargo es una figura que permite a los contribuyentes minorar su base imponible en la declaración de IRPF, siempre y cuando hayan pagado el recargo correspondiente sobre determinadas rentas que exceden los límites establecidos. De esta forma, se busca evitar la doble tributación y garantizar una tributación progresiva de acuerdo a los ingresos de cada persona.