Casilla 843. Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos explica la Casilla 843. Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica.
Casilla 843. Por trasladar la residencia habitual a otra isla del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica.
Cuantía de la deducción:
y 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.
Requisitos para la aplicación de la deducción:
– El traslado de residencia debe venir motivado por la realización de una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica.
– Para consolidar el derecho a la deducción, es preciso que el contribuyente permanezca en la isla de destino durante el año en que se produce el traslado y los tres siguientes.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriormente comentados, dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota
íntegra autonómica del ejercicio en que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.
– Que la base imponible general del contribuyente, casilla 455 de la página 10 de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el
derecho a la deducción, no sea superior a 39.000 euros. En el supuesto de tributación conjunta, la citada base imponible general no debe ser
superior a 52.000 euros.
Límite máximo de la deducción:
El importe de la deducción no podrá exceder de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas en cada uno de los dos ejercicios en que resulte aplicable la deducción.
Particularidades en caso de tributación conjunta:
En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 300 euros se aplicará, en cada uno de los dos períodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia en los términos anteriormente comentados, con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas que corresponda a los contribuyentes que generen derecho a la aplicación de la deducción.