Borrador por Correo Ordinario
El borrador se envía por correo ordinario a la dirección registrada en Hacienda y está acompañado de una carta explicativa en la que se detallan las instrucciones para su revisión y confirmación o modificación. Además, en caso de que el contribuyente haya realizado alguna actividad económica o tenga rentas de alquiler, se incluirá un impreso en el que deberá indicar estos ingresos para incorporarlos al borrador.
En resumen, el servicio de «Borrador por Correo Ordinario» es una opción sencilla y cómoda para aquellos contribuyentes que cumplen los requisitos establecidos y desean presentar su declaración de la renta de manera ágil y sin tener que recopilar una gran cantidad de documentación. Sin embargo, es importante revisar detalladamente el borrador y realizar las modificaciones necesarias antes de confirmarlo, para evitar posibles errores o discrepancias en la declaración final.