Casilla 46 : Gastos Fiscalmente deducibles

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica  la Casilla 46, a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra declaración de la Renta 2012

Casilla 46 : Gastos Fiscalmente deducibles

Se consignará en la casilla 046 el importe de los gastos que tienen la consideración de fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital
mobiliario a integrar en la base imponible general del IRPF.
Dichos gastos serán, exclusivamente, los correspondientes a los rendimientos derivados de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de
bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos cuyos ingresos íntegros se hubieran computado en las casillas 040 y/o 041 anteriores, y
comprenderán los gastos necesarios para su obtención así como, en su caso, el importe del deterioro sufrido por los bienes o derechos de los que
dichos ingresos procedan.
No obstante, cuando, por proceder de entidades vinculadas con el contribuyente, se hubieran computado en la casilla 044 rendimientos del capital
mobiliario derivados de valores negociables representativos de la cesión a terceros de capitales propios, también serán deducibles los gastos de
administración y depósito de dichos valores.

Se consignará en la casilla 046 el importe de los gastos que tienen la consideración de fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible general del IRPF.
Dichos gastos serán, exclusivamente, los correspondientes a los rendimientos derivados de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas o de subarrendamientos cuyos ingresos íntegros se hubieran computado en las casillas 040 y/o 041 anteriores, y comprenderán los gastos necesarios para su obtención así como, en su caso, el importe del deterioro sufrido por los bienes o derechos de los que dichos ingresos procedan.
No obstante, cuando, por proceder de entidades vinculadas con el contribuyente, se hubieran computado en la casilla 044 rendimientos del capital mobiliario derivados de valores negociables representativos de la cesión a terceros de capitales propios, también serán deducibles los gastos de administración y depósito de dichos valores.

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