Aeat, Como Se Presenta la Declaracion de Renta de un Fallecido que Sale a Devolver

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es el organismo encargado de gestionar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. En caso de que un contribuyente fallecido tenga derecho a una devolución de IRPF, sus herederos o representantes legales deberán presentar la declaración de renta correspondiente.

Si el fallecido estaba obligado a presentar la declaración de renta por tener ingresos superiores a los mínimos establecidos por la ley, sus herederos o representantes legales deberán presentarla antes del plazo establecido por la AEAT. Sin embargo, si el motivo de la declaración es solicitar una devolución, no existe plazo límite para hacerlo, por lo que se podrá presentar en cualquier momento una vez realizado el pago del impuesto correspondiente al fallecido.

Es importante mencionar que si el fallecido tenía obligación de presentar la declaración de renta en el momento de su defunción, sus herederos o representantes legales podrán presentar una declaración complementaria para rectificar y corregir posibles errores en la declaración presentada por el contribuyente. En caso de que la devolución solicitada por el fallecido sea superior a los impuestos pendientes de pago, la AEAT devolverá el importe correspondiente a los herederos o representantes legales en la cuenta bancaria indicada en la declaración.

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