Prorratear Movilidad Geografica

El concepto de prorrateo en la movilidad geográfica se refiere a una estrategia utilizada por las empresas para calcular de manera proporcional los gastos derivados de los traslados temporales de sus trabajadores a distintos lugares del territorio nacional. Este concepto se encuentra regulado en el artículo 9 del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Sin embargo, cuando la movilidad geográfica se produce por un periodo inferior a un año, la normativa establece la obligación de prorratear dichos gastos en función del tiempo de duración del traslado. Es decir, que si un trabajador es desplazado temporalmente a otra localidad durante 6 meses, solo podrá deducir el 50% de los gastos derivados de dicha movilidad en su declaración de IRPF.

En resumen, el prorrateo en la movilidad geográfica es un mecanismo que busca ajustar los gastos deducibles en el IRPF en función del tiempo de duración de un traslado temporal. Su correcta aplicación permite a los trabajadores y empresas cumplir con las obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones por parte de la administración tributaria.

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