Incumplimiento de los requisitos en el abono anticipado de la deducción

La Agencia Tributaria nos explica como se debe realizar el procedimiento en el caso de Incumplimento de los requitos en el abono anticipado  de la deducción, para efectuar nuestra Declaración de la Renta 2010.

Incumplimiento de los requisitos en el abono anticipado de la deducción :

El Modelo 140 se utilizara para comunicar el Incumpliento de requisitos para la percepción del abono anticipado, así como para la comunicación de las siguientes variaciones:
a) Fallecimiento del beneficiario con derecho al abono anticipado de la deducción.
b) Baja del beneficiario en la Seguridad Social o Mutualidad.
c) Cambio de residencia del beneficiario al extranjero o del resto del territorio español a los Territorios Históricos del País Vasco o a la Comunidad Foral de Navarra.
d) Renuncia del beneficiario al cobro anticipado de la deducción.
e) Cambio de régimen de la Seguridad Social o Mutualidad del beneficiario.
f) Baja de alguno de los hijos, a efectos de la deducción, por fallecimiento, por cese de la convivencia, por pérdida de la guarda y custodia, por obtener rentas superiores a 8.000 euros,o por obtener rentas que determinen la obligación de presentar declaración por el IRPF(Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) con rentas superiores a 1.800 euros.

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