Imputación Temporal de Rendimientos
La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos explica que Contribuyentes deben realizar la Imputación Temporal de Rendimientos.
Imputación Temporal de Rendimientos :
Deben someterse a la Imputación Temporal de Rendimientos, los contribuyentes que cumplan las siguientes circunstancias :
-Desarrollar actividades económicas sujetas a rentas provenientes del Impuesto sobre Sociedades.
-Desarrollar actividades económicas que obliguen al registro de sus obligaciones contables y podrán optar por el criterio de cobros
y pagos para imputar temporalmente los ingresos y gastos de todas sus actividades económicas.
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