95.6.2º Irpf

El 95.6.2º del IRPF hace referencia a una de las deducciones fiscales que pueden aplicarse en la declaración de la renta en España. Esta deducción se refiere a los gastos educativos, es decir, aquellos gastos que se realizan para la realización de estudios por parte del contribuyente o de sus descendientes.

Además, esta deducción solo podrá ser aplicada cuando los gastos educativos no hayan sido cubiertos por becas o ayudas públicas. En caso de ser cubiertos parcialmente, se podrá aplicar la deducción por el importe no cubierto.

Es importante tener en cuenta que en la declaración de la renta, la deducción por gastos educativos se aplicará en el ejercicio fiscal en el que se hayan realizado los pagos correspondientes, independientemente del año académico al que correspondan. Además, esta deducción podrá ser aplicada tanto en la declaración individual como en la declaración conjunta, en el caso de matrimonios o parejas de hecho.

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