347 Exentos de Presentacion
Otra de las situaciones en las que no se debe presentar el modelo 347 es cuando en el ejercicio fiscal no se superan los 3.005,06 euros en importe acumulado de las operaciones con un mismo empresario o profesional. Sin embargo, en caso de que sí se superase esta cantidad, será necesario presentar la declaración informativa con todas las operaciones realizadas durante el año, incluso las inferiores al límite de los 3.005,06 euros.