2º plazo sin domiciliar renta
Este segundo plazo suele ser fijado en el mes de noviembre, y permite a los contribuyentes tener un mayor plazo de tiempo para realizar el pago de su declaración de la renta. Sin embargo, es importante destacar que en este caso no se aplican las mismas ventajas fiscales que en el primer plazo, por lo que es recomendable optar por la domiciliación si se desea aprovechar los beneficios y descuentos que se ofrecen.
En resumen, el segundo plazo sin domiciliar la renta es una alternativa para aquellos contribuyentes que no pudieron o no quisieron optar por la domiciliación en el primer plazo de pago. Si bien no cuenta con las mismas ventajas fiscales, permite tener un mayor plazo de tiempo para cumplir con la obligación tributaria y presentar la declaración de la renta en caso de no haber recibido el borrador en el primer plazo.