12 Cambios a favor del Contribuyente
La Agencia Tributaria Española (AEAT) nos expone de forma breve 12 Cambios a favor del Contribuyente.
12 Cambios a favor del Contribuyente
Los Cambios que pueden favorecer al contribuyente, son los siguientes :
- Como máximo (al margen de lo que haya decidido alguna Comunidad Autónoma), se paga el 46% de impuestos. (47% en 2014, pero 54% en 2012).
- El tipo mínimo a pagar se ha reducido al 19% (en algunas comunidades autónomas llega al 21,5%) desde el 24,75% de 2014.
- Los mínimos personales y familiares suben: 5.500 euros (en lugar de 5.151 euros); los de los descendientes (2.400 y 2.700 euros por primer y segundo hijo, por ejemplo, frente a los 1.836 y 2.040 euros del pasado año) y los de los ascendientes (1.150 euros de forma general y para los mayores de 75 años, 2.550 euros).
- Aparecen los “impuestos negativos”: se aplican nuevas ayudas sociales (deducciones) a las familias numerosas por valor de 1.200 euros (ó 2.400 euros, si son “especiales”).
- Han pasado a estar exentas las becas para investigación: tanto las públicas como las concedidas por las entidades sin fines lucrativos y las fundaciones bancarias. Tampoco tributan ni la Renta Mínima de Inserción (con cierta limitación) ni las ayudas a víctimas de delitos violentos y violencia de género ni las rentas obtenidas en procedimientos concursales por quitas y daciones en pago.
- No se pagan impuestos por los beneficios obtenidos en los Planes de Ahorro a Largo Plazo siempre y cuando éstos se hayan mantenido 5 años.
- Bastan 5 años (no 10) de antigüedad para que las rentas que se obtienen de los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) estén exentas.
- Los primeros 6.000 euros de ganancias obtenidas por la venta de acciones, inmuebles, fondos de inversión…, al margen de si se han obtenido en más o menos de un año, pasan a tributar al 19,5%; las que superen esta cantidad y hasta 50.000 euros, al 21,5% y el resto al 23,5%.
- En este ejercicio ya se pueden compensar los rendimientos positivos del capital mobiliario (intereses de depósitos, por ejemplo) con pérdidas patrimoniales (venta de acciones, fondos…) y viceversa con un límite del 10%.
- También es posible, y hasta en un 25%, compensar entre sí pérdidas y ganancias en la base imponible general.
- Se ha elevado a los 2.500 euros anuales deducibles el importe de las aportaciones a planes de pensiones a favor de los cónyuges con rendimientos inferiores a 8.000 euros anuales.
- Es posible desgravarse un 50% de los primeros 150 euros donados a ONGs, fundaciones…y un 27,5% del resto de las aportaciones (este porcentaje sube al 32,5% si lo dado no ha cambiado en tres años).
Enlace | 12 Cambios a favor del Contribuyente