Renovado Sistema de Notificaciones de Comparecencia
El Renovado Sistema de Notificaciones de Comparecencia te puede obligar a recibir tus Notificaciones de Comparecencia según la nueva normativa sobre expedientes de extranjería.
#1: Qué son las Notificaciones por Comparecencia
Las Notificaciones por Comparecencia son aquellas que reciben comunicaciones y resoluciones relativas a solicitudes relacionados con la puesta de los documentos en formato electrónico.
Puedes entrar en la Sede del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a la que el ciudadano puede acceder con su certificado electrónico. La notificación se realiza en el momento que es presentada y el ciudadano entra en dicha notificación y accede a los datos de la misma. En el caso de que el interesado no acuda a la notificación en un plazo de diez días se tomarán las medidas pertinentes según el proceso que le corresponda y deberá realizar recursos si lo ve necesario.
Las personas que pueden recibir estas notificaciones son aquellas que estén obligadas por Ley orgánica 4/2000 o las personas que hayan dado el consentimiento para recibir dichas Notificaciones por Comparecencia. El que puede acceder a la Notificación de Comparecencia es aquel que sea titular del NIF que lo podrá encontrar en el apartado domicilio a efectos de notificaciones.
#2: Consultar las Notificaciones Pendientes por Comparecencia
Para realizar la Consulta de Notificaciones Pendientes por Comparecencia debes tener a mano tu Certificado Digital o en su defecto DNI electrónico y entrar en la siguiente dirección electrónica sede.administracionespublicas.gob.es. Deberás darle a la sección mis expedientes y listo ya podrás consultar tus Notificaciones de Comparecencia del nuevo sistema.
- Aviso Importante: Rellene los campos teléfono móvil o e-mail para recibir notificaciones y estar pendiente de ellas.
La Definición exacta según la Sede del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas Indica que la notificación efectiva se realiza a través del envío de la misma a la Carpeta Virtual de Expedientes Facilit@. El plazo de la acción, que pudiera desencadenar dicha notificación, viene determinado por la lectura o apertura de la notificación en esta Sede electrónica. Cabe destacar que el plazo para abrir la notificación será de 10 días naturales, tal como marca la ley de procedimiento administrativo.
Enlace | Sede Electrónica
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