Registro de pareja de hecho en las Islas Baleares

La pareja de hecho es una unión entre dos personas que están rozando el nivel de matrimonio y desean hacer constar este hecho en un registro de forma oficial.

1. Requisitos para el registro de pareja de hecho en Islas Baleares

Los requisitos para el registro de pareja de hecho en Islas Baleares son los siguientes.

  • Ser mayor de edad o ser menor emancipado
  • La pareja no debe tener parentesco por consanguinidad o adopción hasta tercer grado
  • No estar casado o casada
  • No formar otra pareja de hecho con otra persona o tener registrada otra pareja de hecho en otra comunidad autónoma
  • Uno de los miembros de la pareja debe tener vecindad en las Islas Baleares
  • Los dos miembros deben dejar constancia de su deseo de formar una pareja estable legitima

Los dos miembros entrarán voluntariamente a el régimen que impone la Ley 18/2001.

2. Documentos para el registro de pareja de hecho en Islas Baleares

El registro de pareja de hecho en las Islas Baleares tiene carácter administrativo por lo tanto deberá ser acompañado de los siguientes documentos, que demostrarán si se cumplen los requisitos previamente mencionados.

  1. Documento Nacional de Identidad o equivalente de ambos componentes de la pareja
  2.  Certificado del Registro Civil o escritura pública de emancipación de los miembros en caso de que se precise
  3. Certificado actualizado del Registro Civil
  4. Declaración de ambos miembros acreditando que no hay ninguna relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado
  5. Declaración formalizada debidamente acreditando que no existe una pareja de hecho ya formada que no sea la actual
  6. Documento de empadronamiento que certifique que uno de los miembros tiene vecindad en las Islas Baleares
  7. Ambos componentes de la pareja deben declarar por escrito o literalmente su sometimiento a la Ley 18/2001.

Para saber más acerca de los documentos que debe presentar puede dirigirse a  Via Alemania, 6, 07003 de Palma.

3. Lugar dónde puede dirigirse en las Islas Baleares

Hay varios lugares dónde puede dirigirse en las Islas Baleares para realizar su trámite de pareja de hecho, entre ellos las siguientes entidades.

  • Dirección General de Menores y Familia
  • C/ de San Juan de la Salle, 4B
  • 07003 Palma
  • Tel.: 971 17 74 00
  • Órgano competente para resolver
  • Dirección General de Menores Y Familia
  • Centros
  • C/ de Sant Joan de la Salle, 4 B 07003 Palma de Mallorca
  • Tel.: 971 17 74 00
  • Fax: 971 17 64 16

En estos lugares podrá, informarse y realizar su trámite de pareja de hecho en las Islas Baleares.

4. Procedimiento para realizar el registro de pareja de hecho en Islas Baleares

Las solicitudes de inscripción como pareja de hecho en Islas Baleares deben formularse con la aprobación y solicitud conjunta de los miembros que desean constituir la pareja de hecho en Islas Baleares. La solicitud debe realizarse con la documentación que se pide en el apartado 2.

En caso de que la documentación sea defectuosa, se solicitará a los interesados que en un periodo máximo de 10 días arreglen los posibles errores y malentendidos con la documentación previamente dada.

En caso de no subsanar la documentación que se ha enviado, se anunciará que el trámite puede caducar y el procedimiento debería volver a realizarse otra vez.

Si se cumplen los requisitos se dará el visto bueno y en el plazo de un mes se dará  la aprobación sobre la pareja de hecho, este proceso será certificado por un notario o alcalde asistido por un secretario.

Para finalizar el registro, la pareja de hecho será inscrita en el Libro General del Registro de Parejas Estables.

Enlace | Registro de parejas de hecho en las Islas Baleares



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