Prestaciones sociales y económicas de la LISMI
La Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI) establece una serie de prestaciones sociales y económicas para garantizar la igualdad de oportunidades y la plena integración de las personas con discapacidad en la sociedad. Entre estas prestaciones se encuentran ayudas económicas para facilitar el acceso al empleo, como los incentivos a la contratación de personas con discapacidad o las subvenciones a empresas para la adaptación de puestos de trabajo.
Además, la LISMI contempla ayudas para promover la autonomía e independencia de las personas con discapacidad, como el programa de atención temprana para niños con discapacidad o la inclusión de tecnologías de apoyo en el entorno laboral. También establece medidas de protección social, como la pensión no contributiva por invalidez o las ayudas para gastos de transporte y desplazamiento.
Estas prestaciones tienen como objetivo principal mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad, fomentar su inclusión en la sociedad y garantizar su pleno ejercicio de derechos. Sin embargo, es importante seguir trabajando en la aplicación efectiva de la LISMI y en la eliminación de barreras que limiten la participación plena de las personas con discapacidad en todos los ámbitos de la sociedad.
El Ministerio de Asuntos sociales nos expone de forma breve la Prestaciones sociales y económicas de la LISMI.
Prestaciones sociales y económicas de la LISMI
El sistema especial de prestaciones establecido en la Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad (LISMI), desarrollado en el Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, establece un conjunto de prestaciones económicas y técnicas, destinadas a la protección de las personas con discapacidad que por no desarrollar actividad laboral no están comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social.
Pueden ser beneficiarios de estas prestaciones y, en concreto, del Subsidio de Movilidad y Compensación por Gastos de Transporte (SMGT) y de la Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica (ASPF) los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplan una serie de requisitos. La gestión y reconocimiento del derecho a estas prestaciones se realiza por las Comunidades Autónomas con competencia en la gestión y por las Direcciones Territoriales del Imserso de Ceuta y Melilla.
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