Pensiones Extraordinarias
El sistema de la Seguridad Social concede a los ciudadanos que reunan ciertas condiciones,»Pensiones Extraordinarias».
Pensiones Extraordinarias :
Qué son:
Son pensiones reconocidas por el sistema de la Seguridad Social y originadas por actos de terrorismo.
Beneficiarios:
Las personas incluidas en alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, que resulten incapacitadas y los familiares de quienes sean pensionistas o, estando incluidos en alguno de dichos regímenes, fallezcan como consecuencia o con ocasión de actividades delictivas cometidas por bandas armadas o elementos terroristas de las que no sean responsables, tendrán derecho a percibir de la Seguridad Social pensiones extraordinarias por actos de terrorismo, así como asistencia sanitaria y servicios sociales.
Revalorización :
Se revalorizan en los mismos términos y condiciones que las pensiones contributivas no concurrentes y no están sujetas a los límites de reconocimiento inicial y de revalorización previstos en la ley.
Cuantía:
-Importe 1597,53 €.
Enlace | Pensiones Extraordinarias
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