Pensiones de la legislación de la guerra civil:Fuerzas e Institutos Armados de la República

Las personas que fueran afectadas por la Guerra Civil Española tienen derecho a pensiones y prestaciones económicas.

Pensiones para Cuerpos de las Fuerzas e Institutos Armados de la República por la Guerra Civil:

I. Militares Profesionales de las FF. e II. Armados de la República

Causantes

Los miembros de las Fuerzas e Institutos Armados que, como funcionarios de carácter militar, prestaron servicios a la II República durante la Guerra Civil 1936-1939.

Beneficiarios

  • Los propios causantes.
  • Los cónyuges viudos, excónyuges o parejas de hecho y huérfanos, de los causantes, que cumplan los requisitos establecidos en la legislación de Clases Pasivas aplicable en cada caso.

Importe de la pensión

La cuantía de las pensiones será la que corresponda, de acuerdo con el empleo y tiempo de los servicios reconocidos al causante, en aplicación de la normativa de Clases Pasivas vigente a 31-12-1984 para el personal militar.

Enlace | Pensiones Fuerzas e institutos armados de la Republica



Encuentra el trámite que estás buscando en Renovar Papeles

Descubre todo lo que necesitas saber sobre trámites de extranjería en un solo lugar. Nuestra página web te proporciona información detallada y actualizada sobre los procesos y requisitos para solicitar visas, permisos de residencia y otros documentos relacionados con la inmigración. Facilitamos el acceso a formularios, fechas de citas y consejos útiles para que puedas realizar tus trámites de manera eficiente y sin complicaciones. Simplifica tu camino hacia la legalidad en el país con nuestra plataforma de información confiable y fácil de usar.

Artículos relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *