Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife

La Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife es un lugar clave para los ciudadanos extranjeros que residen en esta isla española. Allí podrán realizar trámites relacionados con su estatus migratorio, como solicitar o renovar permisos de residencia, visados, autorizaciones de trabajo, entre otros. Esta oficina forma parte de la Delegación de Gobierno en Canarias y tiene como objetivo principal gestionar y regular la presencia de extranjeros en la zona.

Además de los trámites antes mencionados, la Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife también ofrece servicios de información y asesoramiento a los inmigrantes, facilitando el acceso a la documentación necesaria y los requisitos para legalizar su situación. También es responsable de velar por el cumplimiento de la normativa migratoria en la isla, realizando controles y sanciones en caso de incumplimientos. En definitiva, la Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife es una institución fundamental para garantizar una migración ordenada y segura en la región.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MTIN) nos informa donde se halla la Oficina de Extranjeria en Santa Cruz de Tenerife, a fin y efecto de poner en conocimiento de los ciudadanos la oficina para realizar sus trámites de extranjeria.

Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife :

  • Dirección:
    • C/ La Marina, 20
    • 38071 – SANTA CRUZ DE TENERIFE
  • Teléfonos: 922 999 300/ 301/ 310
  • Fax: 922 283 248
  • Horario de atención al público:
    • Lunes a jueves 9h a 17,30h
    • Viernes de 9h a 14h
    • En verano de Lunes a viernes de 8h a 15h

Enlace | Oficina de Extranjería en Santa Cruz de Tenerife



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4 comentarios

  1. Necesito que me informen la documentación completa que se dede presentar para la reunificación familiar soy español y mi esposa llega el mes proximo con mi hijo menor de 11 años y necesito saber todos los documentos que dede presentar y como es el tramite al llegar aqui, muchas gracias y disculpe las molestias

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    inmigración España
    ¿Cómo puedo reagrupar a mi familia?

    Siempre y cuando cumplas con los requisitos necesarios para ejercer tu derecho a
    reagrupar a tu familia.
    Soy residente y quiero traer a mi familia a España

    Para poder traer a tu familia a España usando el procedimiento de reagrupación familiar tienes que llevar residiendo un año en territorio español y haber solicitado u obtenido la autorización de residencia para otro año más, es decir que hayas renovado tu residencia inicial. Tendrás que demostrar que dispones de un alojamiento adecuado y medios de subsistencia suficientes para atender tus gastos y los de tu familia.

    ¿A quién puedo reagrupar?

    Puedes reagrupar a tu Cónyuge si no estas separado, tus hijos y los de tu cónyuge (incluidos los adoptados) menores de 18 años o incapaces y en ambos casos no deberán estar casados. También los ascendientes del que solicita la reagrupación o del cónyuge cuando estén a su cargo, los menores de 18 años y los incapacitados cuando el extranjero sea su representante legal.

    ¿Dónde tengo que presentar la solicitud para la reagrupación?

    Deberás dirigirte a la Oficina de Extranjeros, las Delegaciones o las Subdelegaciones del Gobierno más cercana a tu domicilio.

    ¿Qué documentación tengo que presentar?

    El trámite que debes seguir es presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español por cada uno de los familiares que desees traer a España y cuando sea admitida, tus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de tu país de origen.

    Para la presentación de la solicitud de residencia por reagrupación familiar te dirigirás personalmente a la Oficina de Extranjeros.

    1. Junto con la solicitud oficial necesitaras presentar los documentos que demuestren tu parentesco, edad y dependencia legal y económica de los distintos familiares que quieres agrupar: Libreta de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento de cada uno de tus hijos.

    2. La copia y original de tu pasaporte en vigor.

    3. La copia de tu autorización de residencia o de trabajo y residencia ya renovada, de la primera autorización y en caso de la tener la renovación en trámite el resguardo de la presentación de la solicitud de renovación.

    4. Tendrás que demostrar que tienes medios económicos suficientes por ejemplo con un empleo que cubra las necesidades y gastos tu familia.

    5. Contar con una vivienda adecuada, bastará con presentar el contrato de alquiler o el titulo de propiedad.

    6. En el caso que el reagrupado sea tu cónyuge deberás presentar una declaración firmada manifestando que no vives con otro cónyuge.

    Importante: Si cumplís con todo los requisitos y se concede la autorización para la reagrupación familiar quedará en suspenso hasta la expedición del visado y la entrada de tus familiares en territorio español. Para solicitar el visado tu familiar necesitará un informe acreditativo de que tú reúnes las condiciones exigidas para solicitar la reagrupación familiar y que eres titular de una autorización de residencia renovada.

  3. que documentacion debo presentar para traer a mi esposo q esta en cuba ,yo tengo la residensia comunitaria y tenemos un hijo en comun nacido en españa

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