Nuevo Régimen laboral del Servicio del hogar familiar
El Ministerio de Trabajo e Inmigración(MTIN) acaba de publicar el Nuevo Régimen laboral del Servicio del hogar familiar, a fin y efecto de mejorar esta importante figura laboral que afecta a tantos trabajadores y empresarios.
Nuevo Régimen laboral del Servicio del hogar familiar :
Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado que, dependientemente y por cuenta de aquél, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar.
Actividades incluídas:
- Tareas domésticas.
- Cuidado o atención de los miembros de la familia.
- Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.
Actividades excluídas:
- Relaciones concertadas por personas jurídicas, de carácter civil o mercantil.
- Relaciones concertadas a través de empresas de trabajo temporal.
- Relaciones de cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o por entidades privadas.
- Relaciones de cuidadores no profesionales en atención a personas en situación de dependencia en su domicilio.
- Relaciones concertadas entre familiares.
- Trabajo a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
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