Medidas cautelares en la limitación de 2.500 euros a los pagos en efectivo
Las medidas cautelares en la limitación de 2.500 euros a los pagos en efectivo son una decisión adoptada por el gobierno para combatir el fraude fiscal y la economía sumergida. Esta medida establece que a partir del 1 de enero de 2021, las transacciones en efectivo no podrán superar los 2.500 euros, lo que busca fomentar el uso de medios de pago electrónicos y limitar la circulación de dinero en efectivo.
Algunos expertos señalan que esta medida podría tener un impacto positivo en la economía, ya que facilita el control y la fiscalización de las transacciones comerciales. Sin embargo, también existen preocupaciones por posibles perjuicios en la economía informal, donde el uso de efectivo es común. Además, se plantea la necesidad de adoptar medidas para promover la inclusión financiera y garantizar la seguridad de los pagos electrónicos.
Otra consecuencia de esta medida es la obligación de los comercios y empresas de adecuar sus sistemas y procesos a este límite de pagos en efectivo. Esto puede suponer un desafío para las pequeñas y medianas empresas, que pueden tener dificultades para adaptarse a un entorno más digitalizado. En resumen, las medidas cautelares en la limitación de los pagos en efectivo tienen como objetivo principal mejorar la recaudación fiscal y modernizar la economía, pero también plantean desafíos y preocupaciones que deben ser abordadas en su implementación.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS), nos explica las Medidas cautelares en la limitación de 2.500 euros a los pagos en efectivo, a fin y efectivo de explicar que riesgos existen en caso de incumplimiento de la nueva ley que mañana se aprueba.
Medidas cautalares en la limitación de 2.500 euros a los pagos en efectivo :
Para garantizar el pago de las deudas con Hacienda, la nueva ley permite a la Agencia Tributaria tomar medidas cautelares para evitar que los deudores se declaren en situación de insolvencia o cometan un alzamiento de bienes para que Hacienda no pueda cobrar.
En concreto, se elimina la posibilidad de aplazamientos de créditos en situaciones de concurso, se facilitan los embargos preventivos, se amplía la responsabilidad de los sucesores de empresas liquidadas para evitar vacíos patrimoniales y se crea un nuevo supuesto de responsabilidad subsidiaria para responsables de sociedades sin patrimonio pero con actividad regular.
Además, se limita la actividad de sociedades con inmuebles participadas por deudores que se declaran sin bienes. Hasta ahora, cuando una deudor se declaraba sin bienes pero con acciones en una sociedad con inmuebles se le embargaban dichas acciones. A partir de ahora, se limitará la actividad de la propia sociedad.
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