Legalización de Documentos Extranjeros para ser Presentados en España

El MAEC (Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación) nos explica como realizar la Legalización de documentos extranjeros para ser presentados en España.



Legalización de Documentos Extranjeros para ser Presentados en España

Una vez solicitada la cita previa, los requisitos para legalizar los documentos extranjeros a presentar en España,   son los siguientes:

1) Compruebe que sus documentos no estén exentos de legalización. En este caso no tiene que legalizarlos y ya puede presentarlos en la oficina que se los ha solicitado. Listado de convenios que eximen legalización

2) Si sus documentos no están exentos de legalizar y han sido expedidos en un país al que le sea aplicable el convenio no 12 de La Haya, de 5 de octubre de 1961, simplemente compruebe que en ellos figura un sello con la denominación «APOSTILLE»

a) Si aparece dicha «Apostille», no necesita efectuar ninguna otra legalización y ya puede presentar sus documentos a la oficina que se los ha solicitado.

b) Si no aparece dicha «Apostille», compruebe la autoridad que debe colocar dicho sello en el país que ha expedido el documento. Listado de autoridades

3) Si sus documentos no están exentos de legalizar y han sido expedidos en cualquier otro país al que no le sea aplicable el citado Convenio, compruebe que en ellos figura el sello de legalización y la firma de la Representación diplomática o consular española en dicho país.

4) Si sus documentos han sido expedidos por una Embajada o Consulado extranjero en España entonces sí tiene que legalizarlos en este Ministerio.

5) El documento a legalizar deberá haber sido expedido por la autoridad competente del país de origen del documento.

Si el documento ha sido expedido en una lengua distinta castellano deberá acompañarse de una traducción oficial.

No se legalizará ninguna traducción que no vaya acompañada del documento original en idioma extranjero del que se ha efectuado dicha traducción y que deberá cumplir con los requisitos señalados anteriormente.

Las traducciones hechas por Intérpretes Jurados españoles no precisan legalización para surtir efectos en España.



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